La revisión cubre el dióxido de titanio de calidad pigmentaria con un contenido de TiO₂ del 80 % o más en base seca , clasificado en el código HS de la UEEA 3206 11 0000 . En particular, la recaudación de derechos antidumping se suspenderá temporalmente durante el período objeto de examen .
La medida sigue a los derechos antidumping impuestos al dióxido de titanio chino por la UEEA en 2025. La última revisión indica que se están reevaluando los cambios en las condiciones comerciales y de mercado.
Para los productores y exportadores chinos de TiO₂, la suspensión temporal de los derechos antidumping puede brindar nuevas oportunidades para fortalecer la competitividad en el mercado de la UEEA .
Sin embargo, es importante señalar que la suspensión no significa que los derechos antidumping hayan sido cancelados permanentemente . El resultado final dependerá de los resultados de la revisión.
Fuente: Comisión Económica Euroasiática/Información sobre remedios comerciales de China
